Catastro

Son obligaciones y facultades de la dirección de catastro las siguientes:

  • Hacer la recaudación de impuestos de acuerdo a la Ley de Ingresos.
  • Aplicar los descuentos autorizados con estricto apego a la normatividad vigente
  • Manejar con estricto sentido de responsabilidad y honradez los recursos recaudados.
  • Rendir los informes correspondientes cada día o bien cuando lo requiera la Hacienda Municipal.
  • Rendir los informes correspondientes al Presidente Municipal cuantas veces lo requiera.
  • Acatar y cumplir con los lineamientos asignados por la Hacienda Municipal y autoridades del Municipio.
  • Manejar adecuadamente las tablas de valores con su actualización correspondiente.
  • Hacer un correcto y adecuado manejo del archivo del Departamento.
  • No permitir el ingreso ni el acceso a la información a personas ajenas, ni permitir documentos que solo el Departamento y autoridades deban manejar.
  • Brindar un servicio de excelencia al público, con atención y amabilidad.
  • Las demás que las Leyes y Reglamentos de aplicación manden y lo dispuesto por las autoridades del Municipio.