Registro civil

Son obligaciones y facultades de la oficialía del registro civil las siguientes:

  • Tener en existencia las formas oficiales para los actos de Registro Civil.
  • Expedir las copias certificadas de los extractos y documentos del apéndice.
  • Expedir todo tipo de documento que solicite la ciudadanía y que conste en un archivo.
  • Solicitar hagan el pago de los derechos correspondientes de acuerdo a lo establecido en la Ley de Ingresos del Municipio.
  • Certificar las copias de los documentos cuando se soliciten.
  • Rendir a las autoridades de los tres niveles de gobierno las estadísticas, avisos e informes que soliciten.
  • Fijar en lugar visible los derechos pecuniarios que causen las certificaciones y la inscripción de actos al Registro Civil.
  • Contestar en tiempo y forma las demandas interpuestas en su contra y dar avisos a sus superiores.
  • Organizar eficientemente el despacho de su oficina de tal forma que toda tramitación sea expedita.
  • Brindar una atención de calidad a la ciudadanía.
  • Determinar las guardias correspondientes en días festivos.
  • Orientar e instruir al público sobre la trascendencia, consecuencias, requisitos y trámites para la inscripción de actos del Registro Civil.
  • Cancelar las formas oficiales que sean inutilizadas con la leyenda “NO PASO” debiéndose asentar la causa.
  • Entregar y remitir los ejemplares de las formas que dispone la Ley.
  • Elaborar los índices de los registros alfabéticamente.
  • Expedir las constancias de inexistencia que le sean solicitadas y que no obren en las actas respectivas.
  • Asesorar a los delegados y secretarios(as) para que todos los actos se realicen con apego a Leyes y Reglamentos vigentes.
  • Custodiar y conservar con estricta responsabilidad y confidencialidad información, libros y demás expedientes del archivo general de Registro Civil.
  • Cumplir con lo estipulado en las leyes vigentes en la materia y seguir las indicaciones de autoridades externas e internas.
  • Cuidar con responsabilidad el patrimonio propio de Registro Civil tanto de la cabecera como las Delegaciones del Municipio.
  • Las demás que las Leyes y Reglamentos de aplicación manden y lo dispuesto por las autoridades del Municipio.

Servicios y trámites

Expedición de actas de: nacimiento, matrimonio, defunción, divorcio, reconocimiento e inscripción de.

Requisitos para nacimiento

  • Certificado de nacimiento
  • Acta original de matrimonio civil (no menor a un año de haberla tramitado)
  • Copia de las credenciales del ife de los papas
  • Cartilla de vacunación
  • 2 testigos con copia de credencial del ife

Nota: en caso de no estar casados los padres presentarActa de nacimiento original y reciente de cada uno.
Registro extemporáneo (de 6 meses)

  • Acta de Nacimiento de los padres (original y reciente)
  • Credencial de elector de los padres (copia)
  • Certificado de nacimiento del bebé
  • Constancia de inexistencia del lugar de origen
  • 2 testigos mayores de 18años con copia de credencial de elector
  • Constancia de domicilio.

Registros extemporáneos (de 2 años en adelante)

  • Acta de Nacimiento de los padres (original y reciente)
  • Fe de bautismo
  • Credencial de elector de los padres (copia)
  • Certificado de nacimiento del bebé
  • Constancia de inexistencia del lugar de origen
  • Constancia de inexistencia del archivo general
  • 2 testigos mayores de 18años con copia de credencial de elector
  • Constancia de domicilio.

 Reconocimiento de hijos

  • Acta de nacimiento original del reconocedor
  • Acta de nacimiento original del reconocido
  • Acta de nacimiento original de la mama
  • Copia de credencial del reconocedor
  • Copia de credencial de la mama
  • 2 testigos mayores de edad con copia de credencial de elector
    Nota: las actas deben ser recientes.

Inscripciones

  • Acta de nacimiento apostillada y traducida al español por un perito autorizado
  • Acta de nacimiento de los padres (original)
  • El Apostille se consigue en el condado al que corresponde el lugar de nacimiento del interesado (USA), es una hoja con un sello color oro.

 Divorcio administrativo

  • Acta de matrimonio certificada vigente. 
  • Acta de nacimiento de los contrayentes vigente. 
  • Copia identificación oficial de cada contrayente (credencial de elector, licencia de conducir, cédula profesional, pasaporte vigentes).
  • Comprobante de domicilio a nombre de uno de los contrayentes (luz, agua, teléfono). 
  • Escritura pública o sentencia de juzgado donde liquidaron el régimen económico patrimonial. 
  • Certificado de ingravidez de la contrayente expedido por la Secretaria de Salud (vigente 15 días).
  • Constancia expedida por el DIF que acreditan haber acudido a la junta de avenimiento. (Posterior a la solicitud de divorcio administrativo).

Área de defunción

 Requisitos para defunción

  • Certificado de defunción
  • Copia de acta de nacimiento del fallecido (a)
  • Copia de credencial de elector del fallecido (a)
  • Copia de credencial del declarante
  • 2 testigos con copia de credencial de elector

 Área de matrimonios

Requisitos para matrimonio civil

  • Acta de nacimiento de cada  contrayente (original y dos copias reciente)
  • Copia de la CURP de cada contrayente
  • Análisis clínicos
  • Certificados médicos prenupciales
  • Copia de la credencial del IFE de cada contrayente
  • Constancia de platicas pre matrimoniales del DIF municipal
  • Constancia de soltería si son de otro municipio o estado
  • Dos testigos mayores de edad con copia de la credencial del IFE
  • Copia de la cartilla de servicio militar del contrayente
  • Copia de la cartilla de la mujer
  • En caso de que los contrayentes tengan 16 o 17 años cumplidos se requiere consentimiento de los papas
  • En caso de que los contrayentes sean menores de 16 años, se requiere dispensa judicial y consentimiento de los papas
  • Si alguno de los contrayentes es viudo, presentar acta de defunción (original)
  • Si alguno de los contrayentes es divorciado, presentar acta de divorcio (original)
  • Si alguno de los contrayentes es extranjero, deberá presentar su permiso de la secretaria de gobernación, pasaporte de su país, acta de nacimiento apostillada y traducida al español, y el FMT. (forma migratoria para turistas)
  • Nota: favor de presentar cinco días antes la documentación para su revisión.

  Requisitos para trámite de la CURP

Mayores de edad:
*Copia del acta de nacimiento
*Identificación oficial con fotografía y una copia (credencial de elector, pasaporte)

Menores de edad:
*Copia del acta de nacimiento
*Una copia de la cartilla de vacunación  o una copia del certificado de la escuela